Guía Completa para Darse de Alta como Autónomo en España en 2025: Requisitos, Trámites y Costes

Hacerse trabajador autónomo en España es una aventura llena de ilusión, pero también de una enorme complejidad burocrática en la que muchas veces nos preguntamos si estamos haciendo las cosas bien.

Diagrama con los pasos para darse de alta como autónomo en España, mostrando el proceso en Hacienda y la Seguridad Social.

Existen muchos trámites, normativas fiscales y obligaciones con la Seguridad Social, además de cambios de regulación constantes, como la implantación de la facturación electrónica obligatoria en 2026.

Para ayudarte, hemos creado esta guía definitiva y actualizada para cualquier persona que se plantee darse de alta como autónomo. Aquí no solo se detallarán los pasos a seguir, sino que se ofrecerá una visión estratégica para tomar las decisiones correctas desde el primer día.

¿Estoy Obligado a Darme de Alta como Autónomo?

Antes de empezar todos los trámites, es importante responder a la pregunta más básica: ¿cuándo es obligatorio darme de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)?

Aquí lo importante no es la cantidad de ingresos que vayas a obtener por tu actividad, sino lo habitual que es esa actividad como tu fuente de ingresos. La normativa de la Seguridad Social establece que cualquier persona que realice de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción a contrato de trabajo, debe darse de alta como trabajadora o trabajador autónomo.

Esto quiere decir, que si por tu actividad vas a obtener una fuente de ingresos de forma recurrente tienes que darte de alta de autónomos. Por otro lado, si se trata de un trabajo puntual o aislado no es necesario.

Aunque nuestros ingresos no superen el salario mínimo, si son recurrentes tenemos que estar dados de alta como autónomos

Aquí, nos gustaría aclarar una duda que muchas personas nos hacen en nuestra gestoría para autónomos, y nos consta que en muchas otras gestoría. Muchas personas piensan que si los ingresos anuales no superan el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) no es necesarios darse de alta.

Esto es una interpretación incorrecta de la norma. Recuerda que tanto la Agencia Tributaria como la Tesorería General de la Seguridad Social exigen el alta para cualquier actividad económica ejercida con regularidad, independientemente del volumen de facturación o ingresos. Es decir, aunque nuestros ingresos no superen el salario mínimo, si son recurrentes tenemos que estar dados de alta como autónomos.

diagrama para saber si necesitas darte de alta de autónomo/a y que camino debes de seguir en el tramite

Requisitos para poder darnos de alta como autónomos/as

Aunque los requisitos son pocos es muy importante asegurarse de que los cumplimos. Revisa la lista y comprueba si puedes darte de alta como trabajadora o trabajador autónomo:

  • Edad: Ser mayor de 18 años. También podemos darnos de alta como autónomos con 16 años si estamos legalmente emancipados.
  • Documento de Identidad: Necesitamos tener en vigor nuestro Documento Nacional de Identidad (DNI) o el Número de Identidad de Extranjero (NIE)
  • Permiso de Residencia: Tenemos que residir legalmente en España. Si eres ciudadano no comunitario necesitas un permiso de trabajo por cuenta propia.
  • Capacidad Legal: No podemos tener ninguna incapacitación legal que nos impida el ejercicio de nuestra actividad.

Además, si estamos contando una gestoría que nos ofrece el servicio de alta de autónomos, nos va a pedir todos los datos y documentos para poder encargarse ellos de todo el proceso.

Por ejemplo es muy importante tener el numero de cuenta tanto en IBAN o BIC.

Checklist: Documentación y Datos que Necesitas para tu Alta

Tener toda la documentación a mano ayuda mucho a que el proceso de alta como autónomo sea mucho más ágil y rápido. Si preparamos todo con antelación, además de ahorrar tiempo, es mucho más fácil que no cometamos ningún error en el proceso de alta.

Además, si estamos contando una gestoría que nos ofrece el servicio de alta de autónomos, nos va a pedir todos los datos y documentos para poder encargarse ellos de todo el proceso.

A continuación, te dejamos una lista detallada de todo los que necesitas para darte de alta como autónomo, los datos y los documentos imprescindibles:

  1. Documento de Identidad (DNI/NIE): Fundamental para identificarte en todos los tramites. Además, el número de tu documento es el mismo que tu NIF o Número de Identificación Fiscal.
  2. Número de Afiliación a la Seguridad Social (NUSS/NAF): Si ya has trabajado anteriormente por cuenta ajena, ya dispones del número. Si no has trabajado o lo has hecho en otro país necesitas solicitar este número antes del alta como autónomo.
  3. Fecha exacta de inicio de actividad: Debes indicar la fecha en la que vas a empezar a trabajar (facturar) tanto a Hacienda como a la Seguridad Social.
  4. Epígrafe del IAE y código CNAE: Estos códigos clasifican tu actividad económica. Es muy importante elegir los códigos y epígrafes correctos, ya que son los que determinan tus obligaciones fiscales.
  5. Domicilio de la actividad: Es la dirección donde vas a desarrollar tu trabajo. Puede ser desde un local, una oficina o hasta tu propio domicilio.
  6. Número de cuenta bancaria (IBAN): Lo vamos a necesitar para domiciliar el pago mensual de la cuota de autónomos. Lo más recomendable es que sea tu cuenta principal o una cuenta dedicada exclusivamente a tu actividad profesional.
  7. Estimación de rendimientos netos anuales: Se trata de un cálculo aproximado de los ingresos anuales menos los gastos deducibles. Este dato es importante para determinar la base de cotización y la cuota mensual que vas a tener que pagar, según el nuevo sistema de cuotas de autónomos.
  8. Medio de identificación electrónica: Se recomienda mucho tener el Certificado digital, el DNI electrónico o la Cl@ve. Aunque algunos trámites pueden hacerse presencialmente, la vía telemática es la más recomendada y, en muchos casos, obligatoria. Además, si cuentas con un gestor, va a necesitar tu autorización para presentar los documentos en tu nombre.

En la siguiente taabla te lo resumimos de forma aún más clara cada documento y para que lo necesitas

Documentos necesarios para el trámite de alta como autónomo/a
Documento Para qué lo necesitas
DNI / NIE Identificación oficial en Hacienda y Seguridad Social. En ambos casos es tu Número de Identificaci´ón Fiscal (NIF)
Número de Afiliación (NUSS/NAF) Requisito indispensable para el alta como autónomo en el RETA.
Fecha de Inicio de Actividad Define el comienzo de las obligaciones fiscales y de cotización.
Epígrafe IAE / Código CNAE Clasifica tu actividad y determina tus impuestos (IVA, IRPF).
Domicilio de la Actividad Dirección fiscal y donde llegaran las notificaciones postales.
Cuenta Bancaria (IBAN) Para el pago automático de la cuota mensual a la Seguridad Social.
Estimación de Rendimientos Para calcular tu tramo de cotización y cuota mensual.
Certificado Digital / Cl@ve Para realizar todos los trámites de forma online, rápida y segura.

El Proceso de Alta de Autónomo Paso a Paso: Hacienda y Seguridad Social

Una vez completada la fase de planificación, llega el momento de formalizar el alta para el inicio de la actividad. El proceso de alta se realiza en dos organismos públicos distintos y en un orden específico que es crucial respetar para evitar problemas.

Ilustración del proceso de alta de autónomo paso a pasa, desde la planifica y el alta en Hacienda y Seguridad Social, hasta la confirmación y el primer pago de la cuota de autónomos

Paso 1: El Alta en Hacienda (Agencia Tributaria) – El Inicio de tu Vida Fiscal

El primer paso es comunicar a la Agencia Tributaria (AEAT) el inicio de la actividad económica. Esto se hace a través del Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

El Modelo 036 vs. Modelo 037: ¿Cuál Debes Presentar?

La declaración censal se presenta mediante uno de estos dos modelos:

  • Modelo 037: Es la versión simplificada, destinada a la gran mayoría de autónomos personas físicas. Es el modelo adecuado si no se opera en regímenes especiales de IVA (salvo el simplificado, agricultura o recargo de equivalencia), no se realizan operaciones intracomunitarias y el domicilio fiscal coincide con el de gestión administrativa.
  • Modelo 036: Es el modelo completo y obligatorio para todos los casos no contemplados en el 037, como por ejemplo las sociedades, quienes vayan a realizar ventas a distancia o importaciones/exportaciones dentro de la UE (alta en el ROI), o quienes tengan regímenes de IVA especiales.

Para la mayoría de los nuevos freelancers y profesionales, el Modelo 037 será suficiente. La elección correcta es importante para definir adecuadamente las obligaciones fiscales desde el inicio.

Cómo Rellenar el Modelo 037 Online

El trámite se realiza de forma telemática en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, utilizando el Certificado Digital o Cl@ve PIN. Los apartados clave a rellenar son:

  • Datos identificativos: Nombre, apellidos, NIF y domicilio fiscal.
  • Causa de la presentación: Marcar la casilla de «Alta en el censo de empresarios».
  • Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE): Aquí se debe indicar el epígrafe que corresponde a la actividad que se va a desarrollar.
  • Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): Se debe indicar el régimen de IVA aplicable y el inicio de la actividad.
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): Se informa sobre el método de estimación de rendimientos (normalmente, estimación directa simplificada).

La Elección del Epígrafe del IAE: Una Decisión con Implicaciones Fiscales Cruciales

Dentro del Modelo 037, la elección del epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) es una de las decisiones más importantes. No es solo un código descriptivo, este epígrafe determina el régimen de tributación del IVA (si la actividad está exenta o no) y si las facturas emitidas deben llevar retención de IRPF o no.

Por poner un ejemplo, en nuestra gestoría hay muchos programadores y programadoras cuyo epígrafe profesional es el 763. En ese caso sus facturas tributan con un IVA del 21% y deben llevar una retención del IRPF a cargo de sus clientes del 15%.

Diferente sería para el caso de una persona que imparta clases de forma autónoma, por ejemplo de profesor de FP. En este caso su epígrafe sería el 824 y sus facturas estarían exentas de IVA.

Es por eso que una elección incorrecta puede derivar en una tributación errónea y posibles sanciones futuras. Aquí es uno de los puntos donde el asesoramiento profesional aporta más valor.

Paso 2: El Alta en la Seguridad Social (RETA) – Tu Cobertura Social

Una vez presentada el alta en Hacienda, se dispone de un plazo de 60 días para formalizar el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social. Es fundamental respetar este orden: primero Hacienda y después Seguridad Social.

Realizarlo al revés o fuera de plazo puede suponer la pérdida de bonificaciones importantes, como la Tarifa Plana.

El Modelo TA.0521: Trámite y Plazos a Cumplir

El alta en el RETA se solicita a través del modelo TA.0521, que también se presenta de forma telemática a través del portal Import@ss de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). En este trámite se deberá indicar:

  • La fecha de inicio de la actividad (que debe ser la misma o posterior a la comunicada a Hacienda).
  • El epígrafe del IAE comunicado a Hacienda.
  • La mutua colaboradora con la Seguridad Social elegida.
  • La base de cotización.
  • El número de cuenta bancaria para la domiciliación de las cuotas mensuales.

Elección de la Base de Cotización y la Mutua Colaboradora

Con el nuevo sistema, la elección de la base de cotización está directamente relacionada a la previsión de rendimientos netos anuales que se realizó en la fase de planificación. Se debe elegir un tramo de la tabla de cotización que se corresponda con dichos ingresos previstos.

También la elección de la mutua es importante. Aunque todas ofrecen las mismas coberturas obligatorias (incapacidad temporal por contingencias comunes y profesionales), pero la calidad del servicio, la agilidad en los trámites y las prestaciones adicionales pueden variar de una a otra.

La secuencia lógica de estos pasos (planificación -> alta fiscal -> alta social) es la columna vertebral de un inicio de actividad correcto. Ignorar el orden o subestimar las implicaciones de decisiones como la elección del epígrafe del IAE son errores comunes que pueden tener consecuencias económicas. Evitar estos tropiezos desde el principio es la principal ventaja de contar con una guía experta.

Costes Reales de ser Autónomo en 2025

Especialmente cuando trabajas por cuenta propia, una de las mayores preocupaciones es saber realmente cuanto es el coste que tiene mantener la actividad.

La respuesta va mucho más allá de la famosa "cuota de autónomos". Por eso, es muy importante tener en cuenta todos los gastos que vamos a tener como trabajadoras o trabajadores autónomos.

La Nueva Cuota de Autónomos 2025 con el Sistema de Ingresos Reales

Actualmente en España el sistema de cotización está basado en los ingresos reales del autónomo. Esto quiere decir que la cuota mensual ya no es una cantidad fija a elegir libremente dentro de unos márgenes, sino que depende directamente de los rendimientos netos de nuestro trabajo.

Los rendimientos netos se calculan de forma similar al IRPF: Ingresos totales - Gastos deducibles. A esta cifra se le aplica una deducción adicional por gastos genéricos del 7% (3% en el caso de autónomos societarios). La cantidad resultante se divide entre 12 para obtener el promedio mensual, que determinará el tramo de la tabla de cotización en el que se encuadra el autónomo.

A continuación, os dejamos una tabla con la estimación de los tramos y cuotas para 2025, basada en la progresión de años anteriores. Es importante señalar que estas cifras son provisionales hasta su publicación oficial en los Presupuestos Generales del Estado.

Tabla: Tramos de Cotización para Autónomos en 2025
Rendimiento Neto (€) Base de Cotización Mínima (€/mes) Cuota Mensual Mínima (Estimada 2025) (€) Base de Cotización Máxima (€/mes)
Hasta 670 735,29 225 735,29
Entre 670 y 900 849,67 260 849,67
Entre 900 y 1.166,70 872,55 267 872,55
Entre 1.166,70 y 1.300 950,98 291 1.300
Entre 1.300 y 1.500 960,78 294 1.500
Entre 1.500 y 1.700 960,78 294 1.700
Entre 1.700 y 1.850 1.045,75 320 1.850
Entre 1.850 y 2.030 1.062,09 325 2.030
Entre 2.030 y 2.330 1.094,77 335 2.330
Entre 2.330 y 2.760 1.143,79 350 2.760
Entre 2.760 y 3.190 1.209,15 370 3.190
Entre 3.190 y 3.620 1.274,51 390 3.620
Entre 3.620 y 4.050 1.339,87 410 4.050
Entre 4.050 y 6.000 1.454,25 445 4.050
Más de 6.000 1.633,99 500 4.720,59

Nota: Las cuotas son aproximadas y se basan en el tipo de cotización del 31.2% (provisional). Las cifras definitivas para 2025 serán confirmadas por el Gobierno.

La Tarifa Plana en 2025: Requisitos, Duración y Novedades

Para facilitar el inicio de la actividad, existe una cuota reducida conocida como "Tarifa Plana". Para 2025, esta ayuda consiste en el pago de una cuota fija de 80 euros mensuales durante los primeros 12 meses de actividad, en lugar de la cuota que te correspondería pagar según tus ingresos (rendimiento neto)

Requisitos para solicitar la tarifa plan:

  • Ser una nueva alta en el RETA o no haber estado de alta en los 2 años inmediatamente anteriores (3 años si se disfrutó previamente de esta bonificación).
  • No ser autónomo colaborador.
  • Estar al corriente de pago con Hacienda y la Seguridad Social.

Transcurridos los primeros 12 meses, se puede solicitar una prórroga por otros 12 meses si los rendimientos netos anuales se mantienen por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Otros Gastos Iniciales a Considerar (Gestoría, Certificado Digital, Software, etc.)

La cuota mensual es el coste recurrente más visible, pero no el único. Al iniciar la actividad, hay que tener previstos otros gastos habituales cuando se trabaja como autónomo:

  • Honorarios de la gestoría: Contratar a un asesor fiscal y contable no es un gasto, sino una inversión en tranquilidad, cumplimiento normativo y optimización fiscal. Permite evitar errores costosos y dedicar el tiempo a lo que realmente importa: el negocio. En nuestra página de Planes y Precio nuestra gestoría de autónomos puedes orientarte sobre cuanto suele costar este tipo de servicios.
  • Coste del Certificado Digital: Si no se dispone de uno, su obtención puede tener un coste, aunque existen opciones gratuitas como el sistema Cl@ve.
  • Software de facturación adaptado a Veri*factu: Esta es la gran novedad de 2025. La normativa de facturación electrónica obligará a todos los autónomos a utilizar un software que cumpla con los requisitos del sistema Veri*factu, que garantiza la integridad e inalterabilidad de las facturas. En muchas gestorías, como la nuestra, este programa esta incluido de forma gratuita en sus planes.

Al calcular los costes como autónomo es importante que también tengas en cuenta estos gastos que suelen recurrentes todos los meses. Por eso siempre es importante estar bien asesorado desde un principio para poder planificar bien nuestro presupuesto.

Tus Obligaciones Fiscales y Contables como Autónomo

Darse de alta es solo el comienzo. A partir de ese momento, tienes una serie de obligaciones periódicas con la Agencia Tributaria que requieren una gestión contable ordenada y rigurosa.

IVA: Modelos Trimestrales (303) y Resumen Anual (390)

El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un impuesto indirecto que grava el consumo. Como autónomo, se actúa como recaudador para Hacienda.

  • IVA Repercutido: Es el IVA que se cobra a los clientes en las facturas (normalmente el 21%).
  • IVA Soportado: Es el IVA que se paga en las facturas de compras y gastos relacionados con la actividad.

Trimestralmente, se debe presentar el Modelo 303, donde se declara la diferencia entre el IVA repercutido y el IVA soportado.

Si el resultado es positivo, se debe ingresar la diferencia a Hacienda. Si es negativo, se puede compensar en trimestres posteriores. Además, en enero se también se presenta el Modelo 390, que es un resumen informativo de todas las operaciones de IVA del año anterior.

IRPF: Pagos Fraccionados (Modelo 130/131) y Declaración de la Renta

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) grava los beneficios obtenidos. Los autónomos deben adelantar parte de este impuesto a Hacienda a lo largo del año.

  • Modelo 130 (Estimación Directa): La mayoría de los autónomos presentan este modelo trimestralmente, ingresando el 20% de su rendimiento neto acumulado (ingresos menos gastos).
  • Modelo 131 (Módulos): Para autónomos que tributan por el sistema de estimación objetiva (módulos).
  • Retenciones: Los autónomos profesionales que facturan a empresas u otros autónomos deben aplicar una retención en sus facturas (generalmente el 15%, o el 7% para nuevos autónomos). Es la empresa cliente la que ingresa esa cantidad en Hacienda en nombre del autónomo.

Todas estas cantidades (pagos fraccionados y retenciones) se regularizan anualmente en la Declaración de la Renta, donde se calcula el impuesto definitivo a pagar según los beneficios reales de todo el año.

Facturación: Requisitos Legales y la Revolución Veri*factu en 2025

Todas las facturas emitida debe cumplir unos requisitos legales para ser válida: número correlativo, fecha, datos fiscales completos del emisor y receptor, descripción de los servicios, base imponible, tipo de IVA y retención de IRPF si aplica.

La principal novedad para 2025 es la entrada en vigor de la facturación electrónica obligatoria y el sistema Veri*factu. Esto implica que:

  • Todos los autónomos y empresas deberán expedir, remitir y recibir facturas electrónicas en sus relaciones comerciales.
  • Los programas informáticos utilizados para la facturación deberán estar certificados para garantizar que no se puedan alterar o eliminar facturas una vez emitidas. Cada factura generada incluirá un código QR que permitirá verificar su autenticidad.

Este cambio supone el fin de la facturación en Excel o Word y obliga a adoptar soluciones tecnológicas específicas. Es un paso crucial hacia la digitalización y la lucha contra el fraude fiscal, pero también un nuevo desafío de cumplimiento normativo para el autónomo, donde el apoyo de una gestoría es fundamental.

Casos Particulares a la Hora de Darse de Alta como Autónomo

El mundo de los autónomos es diverso, por lo que nos encontramos con situaciones particulares que tienen implicaciones específicas en el alta y la cotización, y que es importante conocer.

Pluriactividad: ¿Trabajas por cuenta ajena y quieres darte de alta a la vez?

La pluriactividad, es decir, trabajar simultáneamente por cuenta ajena y por cuenta propia, es una situación cada vez más común. Legalmente es totalmente compatible y tiene particularidades en la cotización.

Durante los primeros años, como autónomo en pluriactividad puedes beneficiarse de una base de cotización reducida. Además, si la suma de las cotizaciones en el Régimen General (como asalariado) y en el RETA (como autónomo) supera un determinado tope anual fijado por ley, la Seguridad Social devuelve el 50% del exceso de cotización.

El Autónomo Societario: Diferencias clave en el alta y cotización

Cuando se constituye una empresa o sociedad (SL) y se posee el control efectivo de la misma (directa o indirectamente, un 25% del capital si se ejercen funciones de dirección o un 33% en cualquier otro caso), es obligatorio darse de alta como «autónomo societario».

Este perfil tiene diferencias importantes:

  • Base de cotización mínima: Su base de cotización mínima es superior a la del autónomo persona física. Para 2024, se fijó en 1,000 euros mensuales, lo que implica una cuota mínima más elevada.
  • Acceso a la Tarifa Plana: Los autónomos societarios no pueden acogerse a la Tarifa Plana de 80 euros en las mismas condiciones que un autónomo común, aunque existen ciertas bonificaciones bajo condiciones muy específicas.

Autónomos Colaboradores: Requisitos para familiares

Esta figura está pensada para el cónyuge y familiares de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad que conviven y trabajan de forma habitual en el negocio del autónomo titular.

Los requisitos son estrictos (no pueden estar dados de alta como trabajadores por cuenta ajena) y a cambio disfrutan de importantes bonificaciones en la cuota de la Seguridad Social, como una reducción del 50% durante los primeros 18 meses.

Errores Comunes al Darse de Alta y Cómo Evitarlos

El proceso de alta como autónomo, aunque esta muy bien estandarizado, hay muchos pequeños detalles que pueden convertirse en grandes problemas. Así, si conoces los errores más frecuentes podrás prevenirlos, si decides darte de alta por tu cuenta.

Elegir un epígrafe del IAE incorrecto

La Consecuencia: Tributar en un régimen de IVA que no corresponde, no aplicar retenciones cuando es obligatorio o, por el contrario, aplicarlas cuando no se debe. Esto puede acarrear inspecciones y sanciones por parte de Hacienda.

La Solución Experta: Un asesor fiscal analiza la naturaleza exacta de la actividad para asignar el epígrafe que optimice la carga fiscal y garantice el cumplimiento normativo desde el primer día.

Darse de alta en el orden incorrecto

La Consecuencia: Pérdida automática del derecho a solicitar la Tarifa Plana de 80 euros y otras bonificaciones. Un ahorro de más de 2.000 euros en el primer año que se pierde por un simple error de procedimiento.

La Solución Experta: Una gestoría conoce los plazos y el orden exacto de cada trámite, asegurando el acceso a todas las ayudas y bonificaciones disponibles.

Calcular mal la previsión de ingresos

La Consecuencia: Cotizar por debajo de lo debido puede generar una reclamación de la Seguridad Social con recargos. Cotizar muy por encima implica pagar una cuota mensual más alta de lo necesario, afectando a la liquidez.

La Solución Experta: Ayuda a realizar una previsión de rendimientos netos ajustada a la realidad, eligiendo el tramo de cotización óptimo y explicando cómo regularizarlo si los ingresos varían.

No aplicar a la Tarifa Plana por desconocimiento

La Consecuencia: Pagar la cuota completa correspondiente al tramo de ingresos desde el primer mes, lo que supone un desembolso inicial mucho mayor.

La Solución Experta: Se encarga de verificar que se cumplen todos los requisitos y de solicitar expresamente la bonificación durante el proceso de alta telemática.

Estos son solo algunos ejemplos de cómo un pequeño descuido inicial puede tener un impacto económico significativo. La inversión en asesoramiento profesional se amortiza rápidamente al evitar estos costosos errores.

Preguntas Frecuentes sobre el Alta de Autónomos

Sí. Además puedes elegir entre capitalizar toda la prestación por desempleo (pago único) para invertir en el negocio o compatibilizar el cobro dl paro con tu actividad como autónomo durante un máximo de 270 días.

La obligación de darse de alta surge en el momento en que se inicia una actividad económica de forma habitual, independientemente del nivel de ingresos. No existe un "mínimo legal" para facturar sin ser autónomo.

Si se dispone de Certificado Digital, los trámites telemáticos en Hacienda y Seguridad Social pueden completarse en el mismo día. La gestión completa, incluyendo el asesoramiento previo, suele llevar entre 24 y 48 horas.

El sistema permite modificar la base de cotización hasta seis veces al año para ajustarla a la evolución real de los ingresos. Al final del año, la Seguridad Social cruzará datos con Hacienda y, si se ha cotizado de menos, reclamará la diferencia o si se ha cotizado de más, devolverá lo que has pagado de más.

Sí, es posible deducir el IVA de las facturas de bienes y servicios adquiridos hasta un año antes del inicio de la actividad, siempre que estén directamente relacionados con la misma y se cumplan ciertos requisitos legales.

Aunque legalmente no es obligatorio para un autónomo, es muy recomendable recomendable y sobre todo en los casos en los que la cuenta personal es una cuenta común. Una cuenta bancaria separada facilita la contabilidad, el control de gastos e ingresos y demuestra una separación clara entre las finanzas personales y las del negocio ante una posible inspección de Hacienda.

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Joaquín Bau González

Director de Estrategia Fiscal, Especialista en Planificación Estratégica y uno de los redactores habituales en Autónomos Solutions para temas relacionados con soluciones a la burocrática de los autónomos.

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José Antonio Abascal

Economista, auditor y profesor de fiscalidad en prestigiosas universidades como ICADE y Nebrija. Fundador de Autónomos Solutions, vuelca su profundo conocimiento académico en ofrecer soluciones prácticas para el profesional autónomos.